Prohíben en Tamaulipas cirugías estéticas a menores de edad

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Aprueba el Congreso Local reforma impulsada por el Dr. Alberto Moctezuma y  Magaly Deandar para salvaguardar la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes

Cd. Victoria, Tam,. Reforman las y los diputados la Ley de Salud y el Código Penal, ambos para el Estado de Tamaulipas, con el propósito de prohibir y sancionar la realización de procedimientos médico-quirúrgicos con fines estéticos en personas menores de 18 años.

El Dictamen aprobado deriva de las iniciativas promovidas por el Diputado Alberto Moctezuma Castillo y la Diputada Guillermina Magaly Deandar Robinson, integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, las cuales fueron analizadas y dictaminadas por las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Primera.

Durante el proceso legislativo se destacó que el objeto de las acciones consiste en establecer una prohibición expresa para la realización, autorización o promoción de cirugías plásticas con fines meramente cosméticos en menores de edad, salvo en aquellos casos de carácter reconstructivo debidamente justificados mediante dictamen médico especializado y evaluación psicológica.

Las reformas aprobadas contemplan la adición del artículo 45 Ter a la Ley de Salud estatal, en el que se establece la prohibición de realizar procedimientos médico-quirúrgicos enmarcados en el campo de la cirugía plástica a personas menores de edad.

Asimismo, se determinan sanciones administrativas para los profesionales de la salud, médicos, cirujanos o instituciones que incumplan esta disposición, incluyendo multas, suspensión del ejercicio profesional de uno a cinco años y clausura temporal o definitiva del establecimiento.

En materia penal, se adicionan los artículos 240 Bis y 328 Undecies al Código Penal del Estado, estableciendo penas de cuatro a ocho años de prisión a quien realice este tipo de procedimientos en menores de edad sin que se actualicen las excepciones previstas en la ley.

La sanción podrá incrementarse hasta en una mitad cuando el procedimiento ponga en riesgo grave la vida o integridad del menor.

De igual forma, se impondrá de uno a cuatro años de prisión al tutor, madre, padre, representante legal o cualquier persona que autorice o promueva la realización de estos procedimientos.

Al hacer uso de la tribuna, la Diputada Guillermina Magaly Deandar Robinson y el Diputado Alberto Moctezuma Castillo coincidieron en que esta reforma tiene como eje central “salvaguardar la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes, en sintonía con el principio constitucional del interés superior de la niñez y la adolescencia”, fortaleciendo así el marco jurídico estatal para garantizar su protección frente a riesgos sanitarios, físicos y emocionales derivados de procedimientos quirúrgicos sin justificación médica.

El Presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Ojeda Castillo, citó a Sesión Pública Ordinaria el próximo martes 3 de febrero, a partir de las 12:00 horas.

 

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