El pulso constitucional.
La Constitución mexicana nació en 1917 con una vocación que el mundo apenas empezaba a comprender. Fue la primera en reconocer derechos sociales como columna vertebral del Estado, educación, tierra, trabajo, no como concesiones graciosas sino como mandatos jurídicos. Durante décadas ese texto funcionó como una brújula ética y normativa, incluso en periodos donde el ejercicio del poder se alejaba de sus principios. Hoy, más de un siglo después, la Constitución sigue ahí, aunque ya no es la misma, y esa transformación dice tanto de nuestra historia política como de la forma en que concebimos el poder.
Desde su promulgación, la Constitución ha sido reformada mediante 256 decretos constitucionales, de acuerdo con el conteo oficial del Senado de la República. Si se observan las modificaciones artículo por artículo, párrafo por párrafo, el número supera las 800 alteraciones al texto original. Menos de veinte artículos conservan su redacción de 1917. No es exagerado afirmar que México vive bajo una Constitución en permanente proceso de ajuste.
Este fenómeno no es exclusivo del presente. Todos los regímenes han reformado la Carta Magna. El Estado social, la construcción institucional del siglo XX, la transición democrática, la apertura económica y la incorporación del bloque de derechos humanos exigieron cambios profundos. La diferencia actual no está en el hecho de reformar, sino en el ritmo, la densidad normativa y la centralidad política que ha adquirido la Constitución.
Desde 2018, con la llegada de Morena al gobierno, se abrió una etapa particularmente intensa. Registros legislativos coincidentes de la Cámara de Diputados muestran que más de 100 artículos constitucionales han sido modificados en este periodo, a través de alrededor de 60 reformas constitucionales, lo que implica que cerca del 70 por ciento del texto vigente ha sido alterado directa o indirectamente en los últimos años. Ningún otro periodo de la historia constitucional reciente presenta una concentración semejante en tan poco tiempo.

El dato, por sí mismo, no define una valoración. La Constitución no es un documento inmutable y su capacidad de adaptación ha sido, históricamente, una de sus fortalezas. Muchas de las reformas recientes responden a demandas sociales largamente postergadas, ampliando el catálogo de derechos y reforzando obligaciones del Estado en materia social. En ese sentido, existe una continuidad evidente con el espíritu original de 1917 y con una tradición constitucional que entiende al Estado como garante de bienestar.
Al mismo tiempo, las reformas han alcanzado el diseño institucional del poder. La estructura del Estado, la relación entre los poderes y los mecanismos de control constitucional han sido objeto de redefinición. La reforma judicial de 2024, que modificó los procesos de integración del Poder Judicial y redefinió el papel de la Suprema Corte, abrió un debate profundo sobre la mejor manera de acercar la justicia a la sociedad sin debilitar su autonomía. Se trató de una respuesta a problemas reales del sistema judicial, aunque su alcance plantea preguntas legítimas sobre los equilibrios que sostienen al Estado constitucional.
Aquí aparece un punto clave para comprender el momento actual. La Constitución ha pasado de ser, principalmente, un límite al poder, a convertirse también en un vehículo central de proyecto político. Esto no es necesariamente negativo, pero sí exige una reflexión más cuidadosa. Cuando las mayorías buscan inscribir su visión en el texto constitucional, el desafío consiste en hacerlo sin cerrar espacios a la pluralidad futura ni reducir la función de la Constitución como marco común.
Una Constitución extensa, detallada y altamente reformable corre el riesgo de perder claridad sistemática y estabilidad interpretativa. El reto no es contener la reforma, sino preservar la coherencia, de modo que el texto siga siendo un punto de referencia compartido y no únicamente el reflejo de coyunturas políticas. La certeza jurídica y la confianza institucional dependen, en buena medida, de esa estabilidad.
El debate de fondo trasciende cualquier lectura partidista. México enfrenta una pregunta estructural que ha ido posponiendo. Qué modelo constitucional desea consolidar para las próximas décadas. Uno donde la Constitución absorba soluciones inmediatas y simbólicas, o uno donde establezca reglas generales capaces de resistir el paso del tiempo. Uno donde las mayorías redefinan constantemente el marco institucional, o uno donde los contrapesos cuenten con fortaleza suficiente para equilibrar el ejercicio del poder.
A esto se suman silencios cada vez más relevantes. La Constitución todavía aborda de manera limitada los desafíos de la era digital, la inteligencia artificial, la protección de datos frente al poder algorítmico, la concentración económica en plataformas digitales o la gobernanza de la información pública. Tampoco existe un desarrollo constitucional robusto sobre cambio climático, transición energética o responsabilidad intergeneracional, temas que ya condicionan decisiones económicas, sociales y políticas de largo alcance
El desafío, entonces, no es reformar menos, sino reformar mejor, con mayor deliberación, con visión de largo plazo y con una narrativa constitucional que no dependa exclusivamente de la coyuntura. Una Constitución vive mientras logra equilibrar dos tensiones permanentes, la del presente que exige respuestas y la del futuro que exige reglas estables.
México todavía está a tiempo de cuidar ese equilibrio. La pregunta que permanece abierta no es confrontativa, sino esencial. Si todo cabe en la Constitución, entonces qué permanece fuera del poder. Y si nada queda fuera, entonces quién garantiza que la Constitución siga siendo, ante todo, un espacio común de protección para todos.
Ahí se juega, con sutileza pero con profundidad, el verdadero debate constitucional de nuestro tiempo.
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